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Hispanic American Historical Review
Vol. 1 No. 2 (May 1918), pp163‑180

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 p163  James Wilkinson as Advisor to Emperor Iturbide

James Wilkinson's tortuous path took him in his last days to the Mexican capital, where he was living in 1822, during the rule of Iturbide as emperor, and where he died. His long and conspicuous career on the Spanish-America border made him well known to the officials of the newly-established Mexican nation, and he even figured in the capacity of advisor to the new government in important matters of state. This episode in Wilkinson's adventurous life is made known by two documents discovered by the present writer in the Mexican archives and now published for the first time.1

Though they are filed under one common title the memorials constitute two distinct documents.​a The former, "Observaciones", consists of recommendations concerning the improvement of commercial regulations, with particular reference to tariffs, and shows Wilkinson's wide knowledge of the practical workings of trade laws. The second, the "Reflexiones sobre la Provincia de Texas", though the briefer, is the more interesting of the two documents, and better reflects some of the more familiar qualities of the adventurer. In it Wilkinson describes the decadent condition of Texas, and suggests a means for transforming it "from an asylum of pirates and assassins into beautiful settlements, according to modern taste and policy, inhabited by cultured Catholic people, dedicated to manufacturing and all kinds of industry".

To bring about this result Wilkinson recommended that Texas be divided into two provinces, the eastern division, called the Province of Iturbide, "in memory of its founder", to be bounded  p164 by the Sabine, the Red, and the Colorado rivers. Instead of introducing colonies of European immigrants, as was being contemplated, he urged the settlement of the proposed Province of Iturbide with French and Spanish families from Louisiana and Florida, supplemented by Catholic families from other parts of the United States. Finally, there should be placed at the head of the new province "an official of honor, fidelity, intelligence, adaptability, and political sagacity". The hint was probably not lost.

Herbert E. Bolton.

Observaciones que respetuosamente presenta á S. M. el Emperador, sobre el importante ramo de comercio, James Wilkinson​2

Los derechos que se exigen por el Gobierno Mexicano baxo el presente Arancel, las dilaciones molestas que se encuentran en las transacciones con las Aduanas y la falta de unas buenas ordenansas, son las continuas quejas de los comerciantes ya transeuntes ya naturales del pays.

En los tiempos que no se admitian otros Buques que los de Registro era peculiar de la politica Española limitar el Comercio: entonces el modo de cobrar los derechos puede haber sido equitativo, respecto á que el valor de las mercancias y el de las ganancias de los comerciantes era crecido; pero desde el momento en que se separo este Ymperio del Gobierno Español, y que se abrieron sus puertas á todas banderas, el comercio habiendose aumentado diez veses mas que antes, y habiendose al mismo tiempo establecido un comercio libre con todas las Naciones, el presente avaluo de las Mercancias y la organizacion de las Aduanas, no solamente parece impolitico, sino que causa un particular discredito a este Ymperio y que acabara con todas las relaciones comerciantes que se establesca.

Conforme al Articulo cuarto del Arancel, el avaluo especifico delosº  p165 derechos sobre mercancias, introducidos en Buques estranjeros excepto en los de Bandera Española, se ha asentado el 25 por ciento, que se paga efectivamente como sigue

Por el avaluo primero conforme al Arancel

25 por ciento.

Por el derecho de consulado

el 2½ "

Por el de Almirantazgo o averia

el 3½ "

que es

el 31 por ciento.

Por consiguiente, en lugar de pagar el 25 por ciento como se ha prevenido, se paga efectivamente el 30 por ciento, sobre mercancias desiguales en cantidad y calidad; con todo pudiera uno acomodarse a este derecho exorbitante, aunque contrario a todos los usos practicados por otras naciones, si no fuera que la clasificacion de las mercancias hecha por este Arancel confundiese las de mucho valor con las que tienen poco: el derecho que se cobre sobre las primeras no alcanza el 25 p % cuando este mismo que se cobra en algunos casos sobre las ultimas asciende hasta el 160 por ciento: Indiguemos; pues, el origen de estos principios, y el objeto del talento que ha producido providencias tan extraordinarias y discordantes; y aunque la exposicion franca que hemos hecho no puede tener contradiccion, — no obstante, ella necesita el ser aclarada y a este fin proponemos las observaciones siguientes que no dejaran de ser aprobadas por la gente instruida y sensata.

No hai mercancia que tenga tanta variacion en su precio, ya sea en Europa, ya en los Estados Unidos, o ya sea en este Imperio como las Indianas; y esto proviene de su calidad, de sus dibuxos y colores; las mas finas se venden en Estados Unidos a treinta centavos de peso, que es dos y medio reales la yarda; Estas estan avaluadas por el arancel a cuatro reales la vara, que es un real y medio mas de lo que cuestan; y el derecho del 31 por ciento sobre ellas causando un aumento de este real y medio, asciende el derecho efectivamente al 53⅓ por ciento sobre el primer costo, exclusivo del flete, comision, descarga y otros gastos menores: Pero en los Estados Unidos se compran las indianas corrientes a diez centavos la yarda, que es una quinta parte menos de un real; de suerte que ellas pagando aqui el mismo derecho que las finas, este derecho asciende hasta el 160 por ciento; y para con mayor claridad hacer Ver la mala combinacion y la injusticia de este arancel, permitaseme poner en contraste el efecto que produce este á un mismo tiempo sobre las indianas, y los lienzos de Irlanda.

Los lienzos de primera clase se avaluan á 80 centavos de peso, que son 6½ reales la yarda; cuando los de calidad inferior no valen mas que  p166 dos reales, no obstante esta importante diferencia, ellos pagan en virtud de este arancel igualmente unos con otros tres reales por vara, y de esto resulta que los lienzos ordinarios son cargados solamente con el 16¼ por ciento, cuando los finos tienen de pagar el 52 por ciento; pero comparando los derechos cobrados sobre las indianas y estos lienzos, la diferencia que ha, es el 37 por ciento sobre las clases ordinarias, y el 108 por ciento sobre las clases finas, lo que es contrario a la sabia politica que debe al bien y á la conveniencia de la clase pobre. La tabla siguiente aclarara esto con precision.

(p167)
Articulos Costo sobre factura Avaluo por el arancel Derecho del avaluo al 31 p % Derecho sobre factura Primer costo exclusivo de flete, comision, yc.a Derecho sobre indianas finas Derecho sobre indianas corrientes Differenciaº en los derechos
Centavos Centavos Centavos Centavos Centavos

Sobre las ordinarias 108 p. %

Sobre las finas 37 p. %

Indianas 30 por y.da 50 por vara 15½ por y da 53⅓ pr ciento 45½ por y.da 53⅓ pr ciento
Dichas 10 " 50 " 15½ " 160 " 25½ " 160 pr ciento
Lienzos 80 " 37½ " 13 " 16¼ " 93 " 16¼ "
Dichos 25 " 37½ " 13 " 52 " 38 " 52 pr ciento
37 pr % 108 pr %

Otro objeto muy importante de quejas formaran las vexaciones y dilaciones que experimentan los comerciantes en el despacho de las Aduanas de este Imperio, ya sea por el capricho, la arogancia y la presuncion de los administradores o ya por el defecto de la organizacion de este ramo de hacienda; Sucede frequentemente que los buques estan detenidos despues de haber concluido sus negocios, no solamente muchos dias sino que algunas veces por semanas enteras antes de poder despacharse — con el gravamen de erogar gastos que cada dia se aumentan y quitan a sus dueños la mayor parte de la utilidad anticipada del viaje, en este estado de cosas, si uno se propone hacer algunas observaciones se le mira con desprecio y en el caso de representar contra este abuso el orgullo y la indignacion de los Señores de la Aduana se levanta y en castigo de este atrevimiento, que asi se suele llamara a la justicia, se dilata mas el despacho con la voz de mañana y mañana, sin reparar al mismo tiempo que los interesados estan gastando cuarenta a cincuenta pesos diarios; y si al cabo de quinze dias logra uno ser despachado, se le dice haberle conferido un gran favor.

Existe aun otro abuso mas, que se experimenta en el sistema de estas Aduanas, y que a mi entender exige una pronta reforma del Gobierno Superior, y es el cobro de derechos en los efectos extrangeros, por solo la cualidad de haber desembarcado en el Imperio, aunque el entroducir [sic] de ellos trate de verificar su extraccion, por no hallar con facilidad y comodidad en el pais modo de realisarlos.

Ademas se nota tambien entre otros abusos, uno que merece igualmente uno que merece [sic] la atencion del Gobierno, y es los dos y medio pesos que a su entrada tiene que desembolsar cualesquiera buque por cada tonelada. Semejante derecho no ha sido nunca impuesto por ningun otro Gobierno, sino en caso de represalias o con la intencion de no admitir estos buques en sus puertos. Este derecho es incompatible con la situacion reducida de los fletes en todo el orbe: Este es particularmente opresivo en el puerto de Veracruz, por motivo de un primero  p168 derecho de cuatro reales por tonelada que exige al mismo tiempo el Comandante del castillo de San Juan de Ulua. En estas circunstancias parece que seria no solamente liberal, sino tambien justo, el que hasta la rendicion de este fuerte ningun derecho de tonelada, de asistencia al capitan del puerto, o otros, fuesen cobrados por motivo que estos mismos lo son por el comandante de dicho fuerte, quien efectivamente se halla en posession del.

Habiendo manifestado claramente que los defectos del Arancel Mexicano tienden a destruir toda correspondencia con otras naciones yo debo por ahora señalar para el mayor interes de mi amada patria y felicidad de este Imperio los exorbitantes derechos que provocan descontento entre las Naciones estrangeras, originan el contrabando, corrompen sus empleados, disminuyen las rentas Nacionales y aumentan el precio de las Mercancias contra el interes de la clase indigente, que en mi concepto merece toda la atencion y proteccion del Gobierno: despues procuraré exponer los remedios de estos males que se hallan practicados por Naciones comerciantes.

La gloriosa Revolucion, que ha colocado a Mexico en el rango de las Naciones Independientes, lo pone en la necesidad de haber mutaciones esenciales en su Gobierno economico conforme a su nueva situacion: La principal que señalamos es la entera reforma de su sistema comercial, substituyendo al efecto principios e instituciones liberales a aquel limitado y viciado Sistema de España, y con esto no solamente se grangeara este Imperio el aprecio y estimacion de las Naciones cultas, sino que tambien su hacienda publica e aumentara y prosperara sobre manera.

Es de advertir, que no se deben variar con demasiada ligereza los usos y costumbres del antiguo sistema del Gobierno sin haberse probado que la nuevas instituciones o formas reglamentarias sobre ser mas adaptables en el Imperio, acarreen mas utilidad á la hacienda publica y a la politica Nacional; empero no se debe adherir a ellas por solo la simple calidad de ser antiguas y inveteradas, porque esto seria contrario al fomento de las artes y ciencias, y a la verdadera politica que observan las Naciones, como tambien estaria en oposicion con la sana razon, que siempre debemos tener por norma: ademas de lo dicho no dexa de traslucirse que el Gobierno Mexicano tiene todavia demasiado apego á la antiguas instituciones comerciales trabajadas por la antigua tirania española sobre la desgraciada America.

Las providencias que todavia existen en el Imperio Mexicano, y de las cuales hemos hablado anteriormente son, segun la opinion general de  p169 los hombres mas inteligentes en el comercio defectuosas por los motivos siguientes: Primeramente, por los exorbitantes derechos y el modo de recaudarse estos: en Segundo lugar, por el crecido derecho de Tonelada, y en tercer lugar por los derechos que se pagan en su extraccion sobre frutos o efectivos.

Este manantial de fondos publicos causado por los crecidos derechos arriba mencionados, que en mi concepto, forma la principal riqueza del Estado, se puede comparar muy bien a la graciosa fabula de la gallina que ponia huevos de oro, y es mencionada por el viejo Esopo: En esta virtud, soi de sentir que si el Gobierno no remedia a la posible brevedad tan manos [sic] males, sera una consequencia necesaria pero indefectible la ruina del comercio de este naciente Imperio, y por consiguiente la destruccion de su tesoro, como se causo la desgraciada ruina del posedor de la gallina de la Fabula con la imprevista muerte de aquel precioso y productivo animal.

Ademas estos derechos siendo crecidos tienen otras consequencias demasiado funestas, pues, 1.o Ellos exitan al contrabando, y paralizan las operaciones del comerciante honrado, desmoralizando, al mismo tiempo, la Sociedad, frustran al Gobierno de sus recursos.

2.o Por motivo del exceso de estos derechos, se incita a los contrabandistas á sobonar los empleados del Gobierno, pues cuando mas crecido es el derecho, mas puede liberalmente remunerar el contrabandista a quien lo facilita en sus operaciones.

3.o Ellos tambien obran contra el comerciante honrado, disminuyendo particularmente la importacion de Mercancias bastas, que no son tan entajosas al contrabandista como las finas, y que producen un aumento en el precio de estas, injurioso a la clase indigente, por cuya causa, ella se queda casi desnuda: El comercio de todas partes del mundo ha siempre reprobado este Sistema de España, porque el derecho que aquel Gobierno ha impuesto sobre toda clase de efectos, ha sido ilusorio, y en sus consequencias contrario a la sana razon.

Por lo que toca á sus colonias los derechos eran tan crecidos en estas y las costas tan dilatadas, que quadrillas de contrabandistas se organizaban en oposicion á las leyes, y entraban por alto mercancias en desafio de los Guardacostas, defraudulando asi los derechos de cargamento enteros; de alli resultaba que el comerciante honrado que exactamente contribuia con sus debidos derechos, se hallaba imposibilitado de adelantar, por motivo de este contrabando, y disgustado no se la proporcionaba otro recurso, que el de abandonar su comercio o de buscar tambien el modo de eludirse el pago de parte o de todos estos derechos,  p170 o a lo que parecia mas seguro entenderse con los empleados en las Aduanas, pues en la casualidad de que se descubriera el fraude podria muy bien salir de el, echandolo a cargo de los empleados: Despues se organiso el contrabando de tal manera que parecia muy familiar, y gradualmente la evasion del pago de los derechos, de cualesquiera manera que fuese, y aun en la opinion publica parecio mas honrado que criminal.

Se pudiera citar muchas circunstancias en prueba de esto; pero bastaran algunas generales y particulares. La Venta ostensible de empleos publicos baxo el Gobierno de España, los estipendios y emolumentos que se recogian de ellos y que casi no subian al premio ordinario del dinero, presentaba sin duda la aparencia de una Ventaja ilicita a favor del comprador.

Por algunos años pasados, el derecho sobre harina cargada en los Estados Unidos con destino a la isla de Cuba ha sido de ocho pesos por cada Barril​3 y la importacion en esta Isla suma anualmente a Cien mil Barriles; con todo casi la cuarta parte no paga derechos ningunos, y á un amigo mio que estubo en Santiago de Cuba en el mes de Febrero ultimo pasado le fue intimado por un comerciante de aquella plaza, que lo habia oido del tesorero de ella, que aunque todos los vecinos de aquella ciudad estaban bien abastecidos con buen pan de trigo, no habia por esto entrado en la tesoreria por muchos meses ni el derecho de un Barril de harina.

En el año 1810 habiendome pasado a la Havana para haber una visita al Capitan General de la isla, Marques de Someruelos, al momento de embarcarme, mis efectos fueron detenidos en la Aduana, pero como habia desembarcado en la Isla con el permiso de este capitan General, le escribi sobre esta detencion, mas, el me contesto que no tenia autoridad sobre las Aduanas, y que ellas etabanº baxo la dependencia del Intendente; Un comerciante, amigo mio, que estaba presente, me dixo que no me inquietase y efectivamente, usando de su abiso y presentando un peso al Guardia, se me permitio pasar libremente con mis efectos.​b

No se puede dudar del interes que este Imperio debe tener tanto por su dignidad, como por el bien de su hacienda de reprimir estas fraudulentas  p171 disposiciones, y es de mi opinion que esto no se puede verificar pronto sino con la reduccion de los derechos de tal modo que ellos no puedan excitar la codicia del contrabandista, y para ser mas claro, que estos derechos fuesen tan moderados, que cada uno tubiese mayor interes en satisfacerlos, que correr el riesgo de haber un contrabando escandaloso, y a este efecto, para cuando se verifique un nuevo Arancel en este Imperio recomiendo que se tenga a la vista el de los Estados Unidos de America, por que, lo considero como el mas moderno, el mas politico, el mas juicioso, y el mas bien calculado, para impedir el contrabando, quedando convencido que esto excitara unas relaciones mayores entre los Estados Unidos y este Imperio.

Se percibira en este arancel de los Estados Unidos, que los generos finos y ricos, por exemplo alhajas de oro y plata, perlas y piedras preciosas, encaxes, chales de Encaxes, Sederias &c.a son cargados solamente con el 7½ por ciento y hasta el 15 por ciento, sobre el importe de las Facturas, y esto es, porque su valor siendo fuerte se puede con facilidad introducir con la ayuda de los marineros y pasageros que las llevan en su equipage: Una persona sola puede de este modo meter por alto, cada vez, en encaxes y alhajas un valor de mas de mil pesos; yo mismo he visto esto verificarse al tiempo que estube prisionero en el puerto de Veracruz: mas cuando los derechos son moderados, el dueño de mercancias finas prefiere satisfacerlos, que de correr el riesgo de entrarlos por alto.

Se observara por dicho Arancel que se ha hecho en el una distincion entre los generos del uso comun y los de luxo. Por exemplo — Alambre paga el 27 por ciento, Te el 32 por ciento y caldos el 48 por ciento: Las mercancias de primera necesidad no pagan mas del 25 por ciento, y menos calculandolas unas con otras.

Serian aun mas justos e equitativos los precios de las Mercancias procedentes de manufacturas regularmente facturadas que fuesen aforados y certificados por los comerciantes en presencia de los administradores de la Aduanas, o si se prefiere, por el consul Mexicano residente en el puerto, sirbiesen de base para la valuacion de los derechos, lo mismo que se esta practicando en los Estados Unidos, y no fuesen sometidos á la discrecion de unos apreciadores ignorantes, que en virtud del establecido Arancel, hacen muchas vezes subir los derechos á mas de lo que se pueden vender las mercancias, y esto contribuye mayormente á la destruccion del comercio y a excitar el contrabando, que son males, de los cuales este Gobierno debe precaverse: y para que todas estas providencias tengan efecto, el Gobierno debe tener  p172 su atencion en no conferir empleos en estas Aduanas, sino a personas discretas y de integridad, cuyos estipendios deben ser liberales y regularmente pagados, a fin de que estos empleados no puedan ser sobornados. Estos Empleados deberian asi mismo dar razon de sus cuentas cada seis meses al Ministro de hacienda Nacional, y con pruebas evidentes de contravencion y particularmente por el soborno, ellos deben ser castigados con multa, carcel, y perdida de sus empleos; ademas deberan ellos dar unas fianzas de personas seguras para el buen desempeño de su destino.

Yó aseguro que no faltara quien piense que reducidos los derechos se desminuiran las rentas, mas por el contrario resultará, lo que vamos a probar con la sencilla y clara explicacion siguiente.

La diminucion de los derechos facultara al comerciante el vender sus mercancias á un precio mas moderado, y por ser estas mas baratas el consumo de ellas aumentara y excitara el ingreso de una mayor cantidad, que satisfaciendo derechos en proporcion, recaudara la hacienda cuantiosas cantidades para suplir sus necesitades [sic], y salir de los apuros presentes.

Estas consecuencias son tan inseparables como causaefecto pero para dar pruebas mas evidentes me remito al estado adjunto por el cual se ve la situacion floreciente del comercio y de las rentas de los Estados Unidos, que se debe atribuir tanto a los moderados derechos como a la integridad de los empleados.

Y para con mayor claridad elucidir estos puntos, supondremos que las Aduanas valuando una vara de indiana que cuesta dos reales y medio la vara, a cuatro, resulta que el derecho que se cobra sobre esta, es de casi real y medio por vara; pero, si con liberales providencias á favor del comercio este aumentare diez vezes mas, en cobrando solamente el 15 por ciento sobre dos reales y medio, que es el valor de esta Indiana, el derecho por fin no sera mas de cuartilla y media por cada vara, pero en multiplicando esta cantidad por diez, resultara de que los derechos se pagaran en estas Aduanas seran de tres reales y medio, pero si comparamos las indianas finas cuyo valor es de dos reales y medio con las ordinarias que valen diez centavos o algo menos de un real la vara, y uniendo el precio de unas y otras producen un valor mediano de algo menos de un real y medio por vara, resultara que en pagando el 15 por ciento de derechos, no se paga mas que una cuartilla por vara, pero que multiplicada por diez, dara un derecho de dos reales y medio por vara, cuando ahora las Aduanas no reciben mas que real y medio: Con esto no solamente se puede adelantar la Hacienda  p173 Nacional, sino tambien favorecer al comerciante, facilitandole el girar sus caudales lo que recae en provecho de toda la Nacion, y particularmente á la clase pobre procurando a esta, vistuarios convenientes y a un precio moderado, la que hallandose bien vestida, se quita al mismo tiempo de esas costumbres viciosas e inmorales que resultan del estado de pobreza y desnudez en que se halla: al mismo tiempo se queda extinguido el contrabando y se restablece el comercio honrado.

Muchas personas sin experiencia pensaran que la reduccion de estos derechos crecidos seraaº dañosa á las Manufacturas Nacionales, pero esto es quimerico, porque no hai en este Imperio manufacturas que merescan la proteccion del Gobierno, y si esta proteccion se verifica sera esto contrario a los intereses de las nueve partes de la poblacion para favorecer de una sola, y los que gobiernan deben atender particularmente al fomento de la agricultura, que proporcionara un Comercio util, pues averiguando que los derechos puestos á favor de manufacturas son gravosos a toda una nacion, queda todavia problematico si estos derechos prohibitivos son provechosos a estas mismas manufacturas, aun en sus principios. En todos tiempos se ha admitido, que la experiencia era la madre de la industria, y el alma de las impresas; y que quitando este estimulo con derechos privilegiados, seria provocar un monopolio, que reprime la emulacion, facilitando demasiadamente al fabricante para la venta de sus mercancias, lo hace descuidado, y, con estos derechos prohibitorios, la nacion paga forsosamente Mercancias de inferior calidad a unos precios crecidos. Esto se experimento en los Estados Unidos al tiempo de la ultima Guerra que hubo con la Gran Bretaña: En consequencia de la interrupcion de las relaciones de comercio por motivo de esta Guerra, los fabricantes aprovechandose de la ocasion de que no habia concurrencia, reduxeron la calidad de sus mercancias, subiendo el valor de ellas a un precio exorbitante: resulto de esto que estos fabricantes no perfeccionando sus manufacturas para que al volver la pas, ellas pudiesen competir con las estrangeras, y en el caso urgente, pedir al Gobierno providencias prohibitivas, ellas al contrario, siguiendo un camino opuesto, se aniquilaron y con ellas se arruinaron todos los que se habian enteresado en estas desastrosas empresas: Con todo ellas pidieron venia del congreso, para poner derechos prohibitivos, pero hasta ahora, no se les ha admitido. No obstante el genio de la industria ha vencido todas estas dificultades, y las Manufacturas de los Estados Unidos, son ahora establecidas sobre unas bases mas seguras que nunca fueron, y sus labores y talleres presentando una escena de industria, produciendo unos paños y otros texidos  p174 de algodon que se pueden comparar á los que vienen de Inglaterra con la sola diferencia, de no estar tan bien teñidos ni preparados.

Dejando a parte este objeto, pasemos al importante ramo de agricultura, y busquemos en el exemplo de los Estados Unidos el modo de sacar imponderables riquezas de este suelo tan fecundo que auxiliado de un comercio libre y sin obstaculos producira en abundancia y casi espontaneamente el tabaco, añil, Arroz, algodon, Azucar café y grana, cuyos precios crecidos en Europa, demuestran cuanto el cultivador seria remunerado por sus labransas. Muchos otros productos se presentan al mismo tiempo para la extraccion, que sirbiendo de pago á los estrangeros, y que aun les seria mas ventajosos, que los metales preciosos, impidiendo al mismo tiempo la salida de estos; Empero esta Agricultura no puede florecer sin la Suprecion de todos derechos sobre la extraccion de sus producciones.

Me parece tambien muy importante que el derecho de Alcavala fuese supremido, como tambien el de guias, porque estos son derechos desconocidos en la mayor parte del mundo comerciante, y contrarios a los principios liberales de un buen Gobierno; sirbiendo estos derechos de oprimir y aniquilar al comerciante y a toda la Nacion; y aunque no tengo suficientes luces sobre este asunto, estoi convencido que el producto liquido que estos derechos causan al Gobierno, no indemnizan a la Nacion de los inconvenientes que le resultan de ellos; mayormente a los comerciantes del centro del Imperio, quienes no pueden por esto haber sus remesas á los Puertos de Mar sin una perdida del 33 por ciento sobre el principal.

Antes de concluir, diré, que si se continuan estas exacciones estoi con temor de que los comerciantes perderan la buena opinion que tienen del Gobierno, y retiraran sus caudales de la circulacion, lo que ya se esperimenta demasiado, pues nada es mas destructivo al comercio que la falta de la inviolabilidad de los Ciudadanos y la de sus proprietades.

Y al fin de simentar la buena fe en negocios, el Gobierno debe emanar leyes solemnes para el cobro pronto de demandas justas, y para enforzar el cumplimiento de contratos, pues sin estas providencias no hai ni puede haber seguridad en ninguna transaccion o sea publica o sea particular.

Los incidentes politicos que yo he presenciado en el curso de 48 años de experiencia, me aseguran la conclusion que yo he sometido rendidamente en estas concideraciones, que ha producido mi celo por la felicidad de este hermoso suelo, y aseguro que si ellas son adoptadas y puestas rigorosamente en execucion, el comercio, la agricultura, la  p175 hacienda publica y todos los recursos de este Imperio se dilataran, y floreceran de un modo inesperado.

A cuyo cumplimiento se reunen no solamente todos los amigos de este Imperio sino asi mismo todos los Filantropos, y todas la personas beneficas y humanas, a las cuales se agrega

de S. M. Imperial

el Devoto y fiel

amigo y Serbidor

Ja: Wilkinson (Rubric)4

Reflexiones acerca la Prov.a de Texas segun su presente estado, y el q.e puede tener con su poblacion para aumento y seguridad del Ymperio.5

Contiene esta Provincia quando menos, veinte y cinco mil leguas quadradas de tierra enriquezida de producciones apreciables, y susceptible de quantas otras preciosas y necesarias para el comercio interior y exterior, quiera exigirle la oficiosa mano del industrioso; pero este precioso terreno ha estado inculto, y desierto, como salio de las manos de la naturaleza, sin q.e en su basta extencion se vea mas que uno ú otro pueblo corto, fabricado de lodo, habitado de gentes semi salvajes ó indolentes, q.e en vez de ser utiles, son embarasos al pais que habitan, y esta gran parte del Ymperio Mexicano, que puede considerarse en la actualidad como una guarida de bestias, y quadrillas de barbaros, puede en muy poco tiempo transformarse en el mas agradable suelo.

Vna Poblacion de gentes aplicadas al cultivo de sus fertiles campiñas en todo genero de agricultura: unos Gefes q.e protejan la industria, y las franquisias q.e la politica del sabio gobierno les conceda por aquel  p176 numero de años q.e se juzgue necesario para su perfecto establecimiento, no solo atraheran la abundancia a sus limitrofes, sino q.e abriran las puertas a las exportaciones de los frutos del pais, por los puertos q.e al efecto habilite el gobierno; y a las importaciones de los articulos necesarios de fuera, mientras la manufacturas no se fomentan y llegan a su perfeccion, principio del fecundo manantial de riquezas de un estado, que es el comercio.

Que prespectiba tan agradable se presenta a la imaginacion al considerar la Prov.a de Texas, y sus costas transformadas, de un asilo de piratas y asesinos, en poblaciones hermosas segun la policia y gusto moderno, habitadas de gentes Catolicas cultas, manufactoras, y dedicadas a toda especie de industria; sus costas y puertos frequentados, no ya de aventureros, contrabandistas, ó tal vez facinerosos enemigos del Ymperio, sino de comerciantes que extrayendo n.tras producciones, nos provean de las de fuera, dejando a cierto determinado tiempo las utilidades de los derechos q.e causen sus mercaderias; los campos enriquezidos con abundantes mieces, y de ganados: Plantios de los mas deleitosos frutos, y lo que es mas, progresando la poblacion de este basto continente, de hijos amantes al pais en que nacieron, de sus padres agradecidos porq.e en el se sostienen, y por consecuencia forzoza, de fieles amigos q.e defiendan sus propriedades, y al estado q.e les ha dado fomento, de los q.e acaso injustamente intenten imbadirlo por tan remotas partes.

Pero se preguntará como podra realizarse tan agradable y lisonjera prespectiba, y confiadamente puede responderse, que con la liberal y sabia politica del gobierno Mexicano; haciendo repartimientos en dho territorio en hombres de honor, principios y caracter para los establecimientos de aquellas desiertas regiones, sin permitir, que otras personas se introduzcan en ellas q.e no sean aprobadas por su religion, por su conducta, por sus utiles exercicios por ser aquellas las fronteras del Ymperio con los Estados Unidos, con quienes deberan guardar una armoniosa union, sin dar lugar a desabenencias, fijando con anticipacion sus limites, para q.e ni[n] gun caso se traspasen por una ni otra nacion, ni alteren la armoniosa correspondencia q.e deben conserbar, como separadas de todas las demas del Globo, haciendo mutuos sus intereces y seguridades, y formen por las convenciones q.e se celebren entre ambas potencias, un cuerpo politico, y estrechadas con los mas robustos ligamentos, contraresten y se opongan á la coaliciones destructoras de su amistad y tranquilidad.

 p177  Para la correspondencia mercantil es indispensable consultar los mapas mas exactos; en ellos se advertira q.e sobre el Rio Sabina esta la linea de demarcacion, y ella se halla á igual distancia de Mexico y Washington, con la diferencia q.e la frontera de los Estados Unidos es fragosa por tener en su intermedio las montañas de Apalache, desiertos y Rios caudalosos.

Poblado por toda su extencion, este remoto districto, debera tenerse la mayor precaucion p.a desterrar de el los bagabundos de unos y otros paices, por ser asi muy conducente al mejor establecimiento, al buen orden, a la paz, y tranquilidad tan importante al progreso de la industria, q.e tomara tanta mayor fuerza y energia, quanta mayor fuere la eficacia en escoger para la poblacion individuos Catolicos de buena fama, q.e tengan algunas propriedades, y sepan aprovecharse de la feracidad del suelo y de su clima, cuyos beneficos efectos, pueden sera anticipados por los mas Sanguinarios enemigos del Ymperio; pero q.e si este previene con prontitud, sus providencias p.a embarasar crisis tan funesta, verá felizmente establecida la mas actiba agricultura, floresera el comercio, frecuentados sus Puertos de Mar, establecidos Arzenales para la construccion de Navios, q.e tanto interesa a una nacion naciente, para sus fuerzas maritimas, y en todas partes dentro de pocos años se veran con agradable asonbro, Ciudades y Poblaciones en q.e sus habitantes exerciten las artes; y la moralidad de estos, su buen orden, su fidelidad al gobierno q.e ha preferido, su suavidad y dulzura, por su personal interez; y sobre todo por su religion, se ganaran del gobierno toda [sic] su aprecio para su pronta consolidacion, y garantirá sus convenencias, y su seguridad será inviolable.

Si hubiere descuido, ó morosidad en establecer y tomar tan saludables precauciones, y las puertas de la Prov.a de Texas quedan abiertas a la admision de todas las personas q.e se presenten para establecerse en ella, sin las consideraciones y circunstancias q.e se han explicado, vendria a ser el asilo de insolventes, piratas, asesinos y ladrones, fugitibos perseguidos de la justicia, y proscritos de otras naciones y ¿podra esperar el Ymperio de semejante reunion de vigardos, industria, orden, tranquilidad, bien publico, auxilios personales y fidelidad? ¿habra hombre de bien y util por sus exercicios y por su religion q.e quiera vivir en Sociedad con tales conciudadanos? No, no, ni el Ymperio deve esperar fidelidad de estos errantes, desmoralizados, indolentes para el trabajo, prontos para todos los vicios, insensibles a la dulzura de la amistad social, y siempre repugnantes a una vida civil y permanente; ni individuos de principios, de conducta, algunos bienes y religion, se  p178 asociaran con aquellos, de quienes no deben esperar sino perjuicios en lo ficico y moral; digalo al exemplo del impostor Long.

Hombres de el caracter pernisioso q.e he delineado, son siempre impasientes, y jamas se sujetan a Leyes Divinas ni humanas, y en unos establecimientos solitarios y distantes de la influencia de exemplos virtuosos y civiles, y tan separados del fuerte brazo de la autoridad, se entregarán a sus costumbres viciosas y estragadas, robos, rapiñas, asesinados, a q.e los obligara la miseria hija de su peresa, y las rebeliones seran las consecuencias q.e obligarán al Ymperio a lebantar sus armas para expeler a estos sujetos del pais con que se les brindo para su felicidad.

Yo he percibido q.e se ha propuesto introducir un gran Cuerpo de Europeos para verificar el propuesto establecimiento, y yo debo suplicar se me permita hacer presente lo expuestá q.e es al Ymperio esta medida, fundado en las razones siguientes.

1.a Tan solamente la clase de individuos mas indigentes pueden emprender transmigrar de un saludable clima Europeo a los llanos abrasadores de Texas; Estos miserables abentureros q.e con propriedad pueden reputarse por estrangeros, para su aprovechamiento particular, y progresos del Ymperio, tienen indispensablemente q.e hacer considerables desmontes, para el cultivo de las producciones de q.e es susceptible aquel temperamento, como Azucar, Café, Algodon, Tabaco y tal vez Añil y Grana: por los efectos conocidos de aquel clima, juiciosam.te pues, se puede calcular q.e de los Europeos q.e emigrarán, moriran mas de la mitad en la variacion de las estaciones, como lo tengo experimentado por personales observaciones, y los q.e queden abandonaran la Prov.a immediatamente.

2.a Porq.e nunca sera conveniente que la politica del Ymperio de Mexico, q.e tan resientemente ha proclamado su independencia de la Europa, piense traer de aquellas partes pobladores para sus remotos desiertos, sin q.e antes aquellas Naciones reconoscan la independencia proclamada.

3.a Porq.e debe justamente temerse q.e el Ymperio se esponga a intrigas ostiles del poder Europeo, q.e le sera muy facil introducir en la Prov.a una fuerza militar, ó con la apariencia de emigrantes colonos, ó por medio de otras combinaciones de la politica de los Gabinetes.

4.a Porq.e la introduccion de un Cuerpo de Emigrados Europeos a la Prov.a de Texas, limitrofe a los establecimientos de los Estados Unidos, puede exitar a los zelosos, y revivir rencores y tirrias, q.e dando animosidad exponga la paz y armonia de las dos potencias, quando son las bases esenciales de sus mutuos intereses, seguridad y felicidad.

 p179  Mi juicio es muy falible, y puedo acaso ser inclinado por preocupaciones personales, pero se que amo al Ymperio Mexicano independiente dentro de mi corason, y deseo su establecimiento de un modo q.e lo haga floreser, respectar de las demas potencias que por desgracia se declaren sus ribales, y en fin q.e perpetúe la paz y felicidad.

Estos sentimientos me obligan a proponer q.e la parte mas preferible p.a el establecimiento de q.e se trata en la primera plantacion deben ser de la Louisiana y Florida, descendientes de Españoles y France[se]s q.e han vivido mucho tiempo bajo el gobierno español, q.e han nasido y se han criado en su vesindad, y acostumbrados a la cultura de los productos del clima, y con el tiempo si el gobierno Mexicano lo juzgare necesario, se pueden aumentar las poblaciones con familias catolicas de los Estados Unidos en donde hay miles de miles de estos habitantes, que en las propuestas circunstancias apreciarán cambiar su residencia.

Si este plan de Poblacion hallare acogida en el concepto de S. M. Y. será necesario hacer la particion de Texas, y formar una nueva Prov.a, cuyos limites por el Oriente sea el Rio Sabina, el Rio Colorado de los Estados Unidos por el Norte, el Rio Colorado de Texas por el Occidente, y la costa del Seno Mexicano por el Sur, y esta Provincia se debera llamar Yturbide, en memoria de su fundador, debien doº ponerse al Gobierno de un oficial de honor, fidelidad, inteligencia, disposicion, y de una fina politica, para consiliar con sagacidad y prudencia, quantos extremos dificultosos puedan presentarse en las dibersas ramificaciones que se toquen para la nueva fundacion.

Las consecuencias de este establecimiento desterrara todo temor, pues en el termino de tres años, ó por ventura en menos, se esperimentara su importancia. Un cuerpo de milicias bien organisado, armado, y sugeto a S. M. Y. formará una barrera q.e resista inbaciones externas: estrechara a las Naciones barbaras a mantenerse en paz; y sera el freno del espiritu rebolucionario q.e intente sacar la caveza en las provincias internas, de lo q.e no me faltan algunos aprehenciones. En diez años las exportaciones de la Provincia en Azucares, Algodones, y Tabaco solamente, pasara de dos milliones, y sus rentas, aun con derechos moderados, rendiran al Ymperio considerables sumas, que sin desembolsos sufran qualesquiera gastos civiles, militares y eclesiasticos; y al mismo tiempo el exemplo de las autoridades, la industria obrará imperiosamente, y con admiracion de los Pueblos adyacentes; desapareserá el osio, excitará los mas saludables esfuerzos, desbiará de los pensamientos especulaciones politicas, y dirijirá todas sus atenciones a sus labores y ganancias.

 p180  Estas reflexiones son frutos de muchos años de observaciones, sobre el pregresibo adelantamiento en esta parte de los Estados Unidos, fixada en el Occidente de las montañas de Apalache, y atrabesadas por los grandes Rios Ohio y Misisipi, con sus grandes y varias tributarias corrientes; las somete con la mayor y profunda difidencia a V. E. para q.e se digne transmitirlas a la consideracion de S. M. Y. el hombre que guarneció y cubrió con christales, la primera ventana en el estado de Kentucky: que ha conducido el primer buque de comercio de los establecimientos occidentales de los mismos Estados, bajando el Rio Misisipi a la ciudad de nueva Orleans, que en Diciembre de 1803 como comisionado de su Gobierno, recibio del Prefecto Lausatt Agente de Napoleon, la rendicion de la misma ciudad y Provincia de la Louisiana, y este mismo tiene el honor de subscribirse en persona y tributar a V. E. sus mas profundos respectos como su obsequente servidor.

Ja: Wilkinson (Rubric)

Mexico Noviembre 18. [18]22


Herbert Bolton's Notes:

1 The originals are in the archives of the Secretaría de Gobernación, Ramo de Comercio. See Herbert E. Bolton, Guide to Materials for the History of the United States in the Principal Archives of Mexico (Washington, 1913), p320. See also ibid., p244, for other Wilkinson documents of the same period.

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2 The manuscript bears the following indorsements, made probably either in the office where the document was first filed or in the archives:

"(Secretaria de Gobernación. México.) 1.a Sria de Estado Año de 1822 Comercio. Expte no 25 22 fs Reflexiones que presenta el Gral. James Wilkinson sobre el comercio en general y sobre la población de la Provincia de Texas."

"822 N.o 151. Minist.o de Relaci.s Nov.e f.s 38. Observacion.s del Gral. Jaime Wilkinson a S.M. el Emp.or sobre varios puntos de Gov.no."

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3 At this point there is a note in the manuscript, as follows:

"Se debe reparar que enteradas las Cortes de Españas del defecto de estos crecidos derechos, han en serious ultimo arancel de Diciembre o Enero ultimo reducido los derechos á dos pesos y medio por cada Barril, y diminuido en la misma proportion los derechos Sobre las otras Mercancias".

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4 The following note, made perhaps by the translator of the manuscript into Spanish is found at the end of this document:

"Este Memorial se compuso en el mes de Septiembre ultimo pasado y serious traduccion se verifico en el mes de este mes de Octubre [sic], y se presento en este mes de Noviembre de 1822.

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5 At its beginning, this document bears the following title, perhaps written in English by Wilkinson himself on his English original, or on the Spanish translation by a clerk or archivist:

"Reflexiones que sobre la Provincia de Texas hace a S. Exselencia D.n Manuel Herrera el General James Wilkinson deseoso de la felicidad del Ymperio por S. M. Y. [i.e., His Imperial Majesty]."

Manuel Herrera was at that time Minister of Foreign Relations.


Thayer's Notes:

a The erratic spelling, only partly accounted for by the date of the document, is that of the text as printed, except for a couple of errors which could not possibly have been in the original, but are almost certainly due to the Journal; which I've fixed but marked with a dotted underscore, following my usual practice.

"[sic]", on the other hand, is a heads‑up of Bolton's, as printed in the Journal.

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b Anyone who has traveled in the Third World recognizes this as a practice very much alive today. My own most memorable personal case was as an interpreter traveling with a group of American scientists in Algeria in 1975 or 1976: you haven't lived until you've measured an Air Algérie employee's inside leg with a string in a packed, roiling crowd of people trying to get out of Algiers airport. The man couldn't come out from behind his counter — against regulations — nor could I go behind it: I made the measurement from the top of the counter, flat on my stomach with someone holding my legs. My people and I got on that plane, and on my next trip to the country, my pal got the pair of Levi-Strauss jeans he requested. Bribery was legal at the time; my sympathies go out to any fellow interpreters trying to do their job these days, now that the U. S. Congress, bless 'em, has made one of the tools of the trade illegal.


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Page updated: 6 Sep 13